miércoles, 7 de noviembre de 2012

El Rey, un "verdadero" ciudadano de a pie.

Aunque la ley penal tiene como cometido obligar de la misma manera a todos los ciudadanos (A tenor del artículo 14 de nuestro texto constitucional, sobre el cual apuntamos que, a pesar del discutido principio a la igualdad, cabe la posibilidad de tratar de manera desigual aquello que no es igual) la misma Constitución reconoce una serie de limitaciones respecto  a determinados sujetos a causa del cargo que desempeñan. Hacemos mención en este punto, por tanto, a la inviolabilidad. Esta última implica eximir de toda responsabilidad criminal respecto de determinados comportamientos a ciertas personalidades, es decir, la imposibilidad total de perseguir sus actos lesivos. Encontramos en el artículo 56.3 CE que la persona del Rey es inviolable  y no está sujeta a responsabilidad. Este precepto, evidentemente es discutible en todos los sentidos. El jefe de Estado, en el caso de cometer un delito, quedaría simplemente inhabilitado en los términos previstos en el artículo 59.2 de la CE, esto es que, en caso de la concurrencia de unos hechos ilícitos, inmediatamente pasaría a ocupar su cargo el Príncipe heredero, y si éste fuera menor de edad, un Regente cumpliría con sus funciones hasta que el sucesor cumpliese los dieciocho años.

¿Qué opinión merece esto? Evidentemente, como se ha citado con carácter previo al desarrollo de esta explicación, el artículo 14 de la CE reconoce que todos los españoles son iguales ante la ley, independientemente de cual sea su religión, raza, sexo o ideología. Incide aquí el principio que dicta que la igualdad reconocida no impide la posibilidad de tratar de manera distinta aquello que no es igual. El Rey, dada su posición, no puede equipararse a un ciudadano de a pie, pero ¿Hasta qué punto es esto justo? ¿Hablamos de Derecho o de simple protocolo? ¿Qué mérito tiene nacer vinculado a una dinastía? Puede parecer una cuestión meramente banal, incluso trivial, pero hoy, siete de noviembre, puede que hayan procesado a algún individuo por robar una barra de pan y lo más probable es que haya incurrido una pena sobre su conducta... Mañana, si el Rey comete un homicidio, simplemente quedará inhabilitado y el Príncipe pasará a ocupar su puesto. Nunca compartirá celda con un individuo que hubiere cometido su mismo delito... A él, simplemente, "le quitamos el título". 

Un resquicio de las lagunas de la Constitución Española.

Como decía Montesquieu, "la ley debe ser como la muerte, que no exceptúa a nadie".


1 comentario:

  1. Mi inclinación es más hacia la filosofía. Aún así, seguiré con gusto tu blog. Una gran carreta la del derecho. Admirable.

    Un abrazo.

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